@article{Aguayo Armijo_2014, title={Reflexiones sobre el derecho internacional y la delimitación marítima. Comentario del fallo de la Corte Internacional de Justicia en el caso de Perú c. Chile}, volume={3}, url={https://tribunainternacional.uchile.cl/index.php/RTI/article/view/31708}, DOI={10.5354/rti.v3i5.31708}, abstractNote={El fallo de la Corte Internacional de Justicia del 27 de enero de 2014 relativo a la delimitación marítima entre Perú y Chile reconoció que una frontera marítima a lo largo del paralelo geográfico había sido convenida de manera tácita por las Partes hasta las 80 millas marinas. Desde esa distancia hasta las 200 millas marinas, la Corte estableció una frontera de novo, siguiendo el método de la equidistancia conforme a la solución subsidiaria al acuerdo de los Estados prevista por el derecho marítimo internacional, tal y como ha sido interpretada por la jurisprudencia de la Corte. El fallo reconoció, además, el punto en que llega al mar el paralelo que pasa por el hito n.° 1 como punto inicial de la frontera convenida. Cinco declaraciones individuales, cinco opiniones disidentes –una individual y otra común de cuatro jueces– y dos opiniones individuales fueron anexadas al fallo. La proliferación de posiciones individuales pone en evidencia dificultades irreconciliables en el razonamiento de la Corte, que parecen indicar la adopción de una solución de compromiso sin sustento jurídico sólido.}, number={5}, journal={Revista Tribuna Internacional}, author={Aguayo Armijo, Francisca}, year={2014}, month={jun.}, pages={pp. 87–102} }