La definición de un régimen para los recursos minerales antárticos ha comenzado a discutirse tanto entre las Partes Consultivas del Tratado de 1959 como, desde un punto de vista más general, entre terceros países y otros medios interesados en el problema. Si bien muchos estudios indican que la explotación de ésos recursos no será tan próxima como suele creerse, ni quizás tendrá un interés económico o un rendimiento importante, se ha generado de todos modos una cierta expectación en torno a esta materia, como sucediera en su momento respecto de los recursos minerales de los fondos marinos. Sobre esta base es que se han comenzado a plantear diversas alternativas y opciones, que van desde la naturaleza del sistema antártico hasta la consideración de regímenes específicos para regular esta actividad. Este artículo discutirá algunas opciones básicas a la luz de las que parecen, ser las tendencias prevalecientes.
Biografía del autor/a
Francisco Orrego Vicuña, Instituto de Estudios Internacionales, Universidad de Chile
Director del Instituto de Estudios Internacionales de la Universidad de Chile. Miembro del Comité Jurídico Interamericano y delegado ante la Conferencia sobre el Derecho del Mar. Autor de numerosas obras sobre derecho internacional y relaciones internacionales.
Orrego Vicuña, F. (1983). La definición de un régimen para los recursos minerales antárticos : opciones básicas. Estudios Internacionales, 16(61), p. 14–30. https://doi.org/10.5354/0719-3769.1983.16128