Un comentario sobre el caso de Gross c. Suiza(Tribunal Europeo de Derechos Humanos, caso Nº 67810/10)

Autores/as

  • Íñigo Álvarez Gálvez

Resumen

El 10 de noviembre de 2010, la Sra. Alda Gross, ciudadana suiza, demandó a la Confederación Suiza ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En su demanda alegaba que el gobierno suizo había violado su derecho a decidir cuándo y cómo poner fin a su vida (derivado del artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos) al rechazar su petición de recibir una dosis letal de pentobarbital sódico. En la sentencia de 9 de abril de 2013, la Segunda Sección del Tribunal Europeo sostuvo (por cuatro votos contra tres) que el artículo 8 del Convenio había sido violado. Es cierto que después de eso el gobierno suizo solicitó el traslado del caso a la Gran Sala; y no es menos cierto que la Gran Sala consideró que se había producido un abuso del derecho de petición y, consecuentemente, declaró inadmisible la demanda (por nueve votos contra ocho). No obstante, lo que importa es que la Segunda Sección tuvo que enfrentarse al hecho de que había (de nuevo) una persona que reclamaba su derecho a morir. Mi propósito en este artículo es comentar algunos aspectos importantes de este asunto.

Palabras clave:

Suicidio asistido, derecho a morir, deberes positivos